SENASA refuerza control sobre cargas vitivinícolas

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El SENASA actualizó las reglas para controlar la plaga Lobesia botrana en Argentina, con nuevas exigencias para el traslado de uvas, pasas, maquinaria agrícola y equipos de cosecha.

La medida quedó establecida mediante la Resolución 870/2026, que mantiene el Programa Nacional de Lobesia botrana y modifica procedimientos de vigilancia, control y fiscalización.

Nuevos requisitos para el transporte

La normativa establece condiciones diferentes según el estado fitosanitario de las zonas de origen y destino.

Para la uva destinada a vinificación, los traslados desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia zonas libres deberán realizarse en forma de mosto.

En el caso de uva fresca, deberán aplicarse el Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) o un tratamiento cuarentenario cuando corresponda.

Además, determinados movimientos deberán realizarse bajo resguardo. Para ello, se contempla el uso de encarpado o cubiertas con malla de trama del 80%.

Las pasas de uva sin industrializar también estarán sujetas a tratamiento cuarentenario cuando procedan de zonas bajo supresión o de baja prevalencia hacia áreas libres.

El DTV-e será obligatorio

La resolución incorpora el Documento de Tránsito Sanitario Vegetal Electrónico (DTV-e) para distintos movimientos vinculados con la producción vitivinícola.

El documento acompañará traslados de uva, material de propagación, pasas sin industrializar y determinados residuos o subproductos.

También permitirá mejorar la trazabilidad de maquinaria agrícola. El objetivo es evitar que equipos procedentes de zonas con presencia de la plaga transporten restos vegetales hacia áreas libres.

SENASA plantea además aplicar herramientas de fiscalización inteligente mediante análisis de riesgo. Para ello, el programa contempla el uso de datos y tecnología.

Maquinaria deberá ser desinfectada

Las cosechadoras, equipos de poda y molienda, recipientes, bandejas, bins y camiones cosecheros tendrán requisitos específicos.

Cuando se trasladen hacia zonas libres, deberán someterse previamente a un lavado con agua a presión para eliminar restos vegetales y tierra.

Las máquinas utilizadas para la cosecha también deberán ser desinfectadas con vapor de agua y desinsectadas con productos autorizados.

Además, el responsable deberá emitir un certificado con los datos del equipo, tratamiento, destino y medio de transporte.

Las cosechadoras trasladadas hacia áreas libres deberán circular bajo el amparo del DTV-e y con intervención de personal del SENASA.

Reglas también alcanzan las importaciones

La resolución incorpora requisitos para la importación de maquinaria agrícola y equipos usados.

Estos bienes deberán contar con un Certificado Fitosanitario del país de origen y cumplir las condiciones establecidas por SENASA según la evaluación de riesgo.

Asimismo, la norma establece procedimientos para importar productos con feromonas destinados al control de Lobesia botrana.

De esta manera, el nuevo marco incorpora controles sanitarios y documentales que afectan directamente la logística de la cadena vitivinícola argentina.


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