CR: finalizó el alivio en el costo marítimo

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El pasado 30 de marzo finalizó el alivio temporal por costo de transporte marítimo para las importaciones nacionales en Costa Rica.

Este beneficio se otorgó con el objetivo de mitigar los efectos de la crisis de los contenedores; en la determinación de la base imponible de tributos a la importación de mercancías vía marítima. A partir del 31 de marzo de 2023, se deberá declarar los valores de flete pagados por costo de transporte marítimo.

El Gobierno de la República implementó en marzo del 2022 la Ley 10.162 “Alivio temporal por costos de transporte marítimo para las importaciones nacionales”. Como respuesta a la crisis de los contenedores; que aumentó significativamente los precios de los fletes marítimos a nivel mundial y repercutió en el precio de las mercancías.

Esta Ley permitía que las mercancías importadas, vía marítima, utilizaran un monto de flete más beneficioso; que el efectivamente pagado para el cálculo de la base imponible de los derechos a la importación. Para la carga importada, se establecieron montos dependiendo de la región de procedencia y del tamaño de la unidad de transporte. Mientras que, la carga general debía de declararse el valor de flete más bajo entre el valor promedio del flete en el año 2019; o el valor del flete al momento de la importación.

De esta manera, el precio del flete realmente pagado no se tomaba en cuenta para el cálculo de los derechos a la importación; sino los montos prestablecidos por la Ley, evitando así el encarecimiento de las mercancías importadas.


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