CONSTRUYENDO CADENAS DE VALOR

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Nuevo Régimen de Origen MERCOSUR

Haciendonos eco de los nuevos desafios del mercado internacional y de la importancia y urgencia de internacionalizar de forma profesional y sostenida a las empresas de nuestra region, aplaudo esta actualizacion del regimen de origen del bloque MERCOSUR.
La misma propone un enfoque estrategico que permite una verdadera complementariedad y busca la generacion de cadenas de valor apostando a la industrializacion con un reconocimiento claro del origen del bloque.
Es un paso importante hacia la interna de este sistema de integracion, que adicionalmente involucra a todo el continente latinoamericano sumando otros actores fundamentales.
Este nuevo escenario esta en sintonia con las politicas globales que involucran mayor compromiso con la expansion de las pymes, la generacion de productos con diferencial o valor agregado y en consecuencia una saludable diversificacion de portafolios exportadores permitiendo mirar horizontes mas desafiantes.
El nuevo regimen esta contemplado en las decisiones CMC Nos. 5/23 y 6/23 modifican el régimen de origen del Mercosur destacando las siguientes puntos a considerar:

Principales modificaciones

Modificacion en el formulario de los certificados de origen. (Los formularios actuales se aceptarán durante los doce meses siguientes a la puesta en vigencia del régimen modificado).

El nuevo formulario elimina tres campos (considerando estos no modifican en absoluto el origen de la mercaderia):

el del consignatario,
el del país importador
el del medio de transporte.

El Estado Parte exportador puede optar por una Declaración de Origen emitida por el exportador o productor de la mercadería o utilizar la combinación de ambas modalidades.
Esta Declaración de Origen, tambien llamada autocertificación de origen, funciona desde hace tiempo en diversos acuerdos preferenciales celebrados por ejemplo por Estados Unidos o la Unión Europea.

De esta manera se establece un régimen mixto que constituye la llamada “Prueba de Origen”, la que deberá ser emitida dentro de los 180 días corridos contados desde la fecha de la emisión de la factura comercial (actualmente son 60 días).

El plazo de validez o vigencia de la Prueba de Origen es de 12 meses contados a partir de la fecha de su emisión.

Los Requisitos Específicos de Origen cuentan con nueva lista de posiciones arancelarias cuyos productos deben cumplir obligatoriamente para ser considerados originarios.

También se consideran originarios del Mercosur, bajo determinadas condiciones, los materiales originarios de Bolivia conforme al AAP.CE/36; de Perú conforme al AAP.CE/58; de la Comunidad Andina conforme al AAP.CE/59; y de Colombia conforme al AAP.CE/72.

La Decisión CMC No. 6/2023 establece valores máximos de materiales no originarios expresados en porcentajes.

Paraguay podrá incluir hasta un 60% de insumos originarios de terceros países hasta el 31-12-2038

Uruguay hasta un 50% hasta el 31-12-2032;

Argentina, para sus exportaciones a Uruguay, hasta un 50% hasta el 31-12-2032.

Se simplifican los términos para determinar la calificación del origen de las mercaderías:

a) productos totalmente elaborados u obtenidos en el territorio de uno o más Estados Partes y se realiza un listado de los productos primarios comprendidos en este concepto;

b) productos elaborados en el territorio de uno o más Estados Partes exclusivamente a partir de productos originarios;

c) productos en cuya elaboración se utilicen materiales no originarios de los Estados Partes siempre que dichos productos hayan cumplido con el “proceso suficiente para conferir origen”.

Se amplía la condición de originarias Mercosur las mercaderías, en determinadas condiciones, que lo sean desde los países con los cuales el Mercosur tiene en vigencia acuerdos preferenciales: Bolivia, Perú, Comunidad Andina (Ecuador, Venezuela) y Colombia.

Los materiales originarios de terceros países que cumplan con la Política Arancelaria Común (PAC) recibirán el tratamiento de originarios del Mercosur en lo que respecta a su incorporación en procesos productivos. Deberán ser identificados con el Certificado de Cumplimiento del Arancel Externo Común (CCPAC)

Que sea el comienzo de mas y mejores negocios para todos.
Si buscas expandirte a nuevos mercados, contáctame!

Lic Ana Claudia Moran
Foreign Trade & Logistics
+598 97 218614
https://www.linkedin.com/in/licanaclaudiamoran/

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