Diferencias entre el IRP paraguayo y el aplicado en otros países

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Son muchas las diferencias, pues existen distintos modelos de imposición, como por ejemplo el sistema sintético o integral, en el cual se gravan todas las rentas del contribuyente incluyendo las del individuo o el núcleo familiar, según una estructura de tasas marginales progresivas aplicadas en diferentes tramos. Otros tienen tasas uniformes, o diferentes para las distintas clases de ingresos: de capitales, de trabajo, entre otros. Algunos gravan las rentas que obtienen las personas físicas tanto dentro de su territorio como fuera del mismo.


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La mayoría de las legislaciones tienen límites de deducibilidad, es decir, no permiten deducir el ciento por ciento de los gastos, aun cuando los mismos estén debidamente documentados.

Las tasas oscilan entre el 10% y 35%, siendo el Paraguay el único país que tiene la tasa del 10%. Al respecto cabe resaltar que la tendencia mundial ha sido la reducción de las tasas tanto de la renta empresarial como de las personas físicas, atendiendo a que con tasas bajas los incumplimientos son menores.

El IRP de nuestro país es el único que:

Grava solamente las rentas de fuente paraguaya, es decir, que se producen dentro de la República del Paraguay, pero permite deducir los gastos realizados en el exterior.

Cabe resaltar que el proyecto de modificación de la Ley Nº 2.421/04 incluye la posibilidad de deducir todos los gastos en el exterior como por ejemplo aquellos relacionados con la salud, la educación, etc., salvo que sean gastos de esparcimiento tales como viajes de placer, etc. Esta medida es muy acertada.

No tiene límites de deducibilidad.

No solamente permite deducir los gastos del contribuyente, sino además los de los familiares a cargo del mismo, con la única condición de que se cuente con la factura legal.

Las inversiones, como ser compra de terrenos, casas, autos, construcciones, etc., no solamente son deducibles en el año que se realizaron, sino además en los siguientes en un porcentaje del 20% anual.

 No se exigirán anticipos, y en el caso de implementarse el sistema de retenciones, este solamente se aplicará sobre ingresos efectivamente percibidos.

Esta propuesta se encuentra incluida en el proyecto de ley que debe estudiar el Poder Legislativo.

Es el que tiene la tasa más baja de la región.

Su liquidación no presenta complicaciones.

La Declaración Jurada de Bienes no será pública, en caso de aprobarse las modificaciones propuestas.

De acuerdo a las expresiones del experto tributario Alberto Barreix, el Impuesto a la Renta Personal a ser implementado en nuestro país es moderno y realmente moderado, probablemente el que más favorece al contribuyente en toda la región.

El Paraguay necesita su implementación, no solamente por cuestiones de ingresos o como mecanismo de formalización de la economía, sino como forma de mejorar la IMAGEN PAÍS. El domingo en nuestra columna nos referimos al tema Dime qué sistema impositivo tienes y te diré qué país quieres.

Fuente: Nora Lucía Ruoti Cosp, Últimas noticias.

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