Ley que alteró limites de la cuenca del Canal de Panamá es inconstitucional
El Supremo panameño declaró inconstitucional la Ley 20 de 2006; que modificó los límites de la cuenca hidrográfica del Canal de Panamá.
Esta decisión podría afectar la creación de nuevos embalses; y medidas cruciales para mitigar la crisis hídrica que ha reducido el tránsito de barcos.
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) comunicó la decisión mediante un edicto. Este fallo revive la Ley 44 de 1999, que establece los límites originales de la cuenca hidrográfica del Canal.
La Ley 20 fue demandada por el abogado Publio Cortés, quien argumentó que la norma violaba la Constitución. Cortés también solicitó restituir la Ley 44 para proteger los recursos hídricos adyacentes al Canal. Además, el actual ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro, y el abogado Juan Ramón Sevillano presentaron una demanda similar en enero.
La Ley 44 de 1999 abarcaba 552,761 hectáreas en las provincias de Panamá, Panamá Oeste y Colón; incluyendo 7 distritos y 43 corregimientos. En contraste, la Ley 20, aprobada durante el gobierno de Martín Torrijos, excluyó el cauce del río Indio; vital para nuevos embalses.
El ministro para Asuntos del Canal, Aristides Royo, lamentó la falta de progreso en el tema del agua en los últimos cinco años. Un estudio del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE.UU. destacó la importancia de la cuenca del río Indio para nuevas provisiones de agua.
La cuenca de Río Indio, con una extensión de 580 km², podría tomar alrededor de cuatro años para desarrollarse. Sin embargo, la Ley 20 y la Ley 28 de 2006 impiden su ampliación y la construcción de nuevos embalses.
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