Se trata de un fallo de segunda instancia que desestima la demanda de la firma Montecon a la ANP, la cual fue condenada en primera instancia a pagar los U$S 800.000 que le demandaba Montecon por daños y perjuicios.
Hay que recordar que todo empezó cuando la ANP le negó a la firma estatal Montecon el instalar un sistema que permita contar con contenedores refrigerados, y por ello, en 2017 el juez de primera instancia Gabriel Ohanian sentenció a la ANP a pagar.
La entidad gubernamental a través de sus abogados, había indicado que «la demanda es era una incoherencia» y por ello se apeló al Tribunal de Apelaciones en lo Civil, el cual por unanimidad el pasado 23 de mayo decretó que no existió “ninguna actividad ilegítima” de la ANP y los perjuicios que pudo tener Montecon “no se vinculan causalmente a la conducta” del regulador portuario.
Algunas fuentes confirman que Montecon ya ha sido notificada al respecto y aún no hay datos acerca de si la firma utilizará el recurso de presentar su demanda en la Suprema Corte de Justicia o si desistirá de seguir el litigio.
