Colombia prohíbe importaciones vinculadas al trabajo forzoso
Colombia prohibió la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso u obligatorio. La medida se estableció mediante el Decreto 1444 del 28 de septiembre de 2026, en un contexto marcado por las medidas comerciales de Estados Unidos.
La norma alcanza las mercancías extraídas, producidas, manufacturadas o transformadas mediante trabajo forzoso u obligatorio.
El decreto define esta práctica como cualquier servicio exigido a una persona bajo amenaza de una pena y sin que haya sido ofrecido voluntariamente.
La medida coincide con presión comercial
Estados Unidos impuso en julio aranceles adicionales bajo la Sección 301 a 60 economías. La decisión estuvo vinculada con la falta de prohibiciones efectivas contra las importaciones de bienes producidos mediante trabajo forzoso.
Para las economías que no habían adoptado una prohibición de este tipo, USTR estableció una tasa adicional de 12,5%, sujeta a determinadas exenciones de productos.
La medida estadounidense comenzó a aplicarse el 24 de julio.
En paralelo, Colombia avanzó con su propia regulación. El Ministerio de Comercio también había sometido a consulta pública un proyecto sobre debida diligencia y gestión preventiva de riesgos relacionados con trabajo forzoso en las cadenas de suministro.
Impacto sobre las cadenas de suministro
La nueva prohibición introduce un requisito adicional para las operaciones de comercio exterior colombianas.
Fabricantes, importadores y otros participantes de las cadenas de suministro deberán considerar el origen y las condiciones laborales asociadas con los bienes comercializados.
Además, Estados Unidos inició en septiembre un programa de asistencia técnica con más de 50 socios comerciales para fortalecer la aplicación de prohibiciones contra productos elaborados mediante trabajo forzoso.
En Colombia, el Gobierno también ha gestionado ante Washington la suspensión temporal de los aranceles que afectan a productos nacionales. La Presidencia informó en agosto que esas conversaciones estaban en marcha.
La nueva regulación incorpora así el trabajo forzoso como un elemento relevante dentro de la gestión del comercio exterior y las cadenas de suministro.
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